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REQUISITOS PARA COLEGIARSE

PRIMERA INCORPORACIÓN AL COLEGIO DE ENFERMERÍA:

Los enfermeros que no se hayan colegiado previamente en ningún Colegio Oficial de Enfermería, ya NO tendrán que pagar cuota de nuevo ingreso.

La cuota colegial se paga trimestralmente y por adelantado (60 €) mediante domiciliación bancaria una vez colegiados. Todos los solicitantes tendrán que pagar la parte proporcional de la cuota colegial del trimestre en curso, prorrateada por meses completos.

La información sobre los documentos necesarios para la colegiación y el trámite que sigue su solicitud varía en función de que el solicitante aporte un Título expedido en el extranjero o en el estado español.

REQUISITOS PARA LOS TÍTULOS EXPEDIDOS EN ESPAÑA:

Estar en posesión del uno de los títulos que habilitan para el ejercicio enfermero:

      • Diplomado en Enfermería
      • Graduado en Enfermería

Para adquirir la condición de colegiado será necesaria la presentación de la solicitud correspondiente al Presidente de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería de Palencia  a la que deberán acompañarse los siguientes documentos:

      • Original y Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o cualesquiera otros que acrediten la identidad del interesado.
      • Original y fotocopia del Título académico o, en su caso, certificación supletoria del título.
      • Original y fotocopia de la certificación académica de estudios.
      • Si es especialista, título original y fotocopia de la Especialidad.
      • Una fotografía tamaño carnet.
      • Impreso de Solicitud de colegiación (se entrega en el colegio para rellenar).
      • Datos de la entidad bancaria para domiciliación de las cuotas colegiales trimestrales.

IMPORTANTE:

De acuerdo con las instrucciones establecidas por la Subdirección General de Títulos y de Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Colegio Profesional de Enfermería de Palencia  únicamente admitirá como documentos válidos para la colegiación profesional a efectos de acreditar la titulación, o bien el propio Título Oficial o bien la Certificación supletoria provisional que goza de idéntico valor jurídico que aquél y que deberá incorporar el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales y será firmada por el Rector (art. 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de Agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales).

No se aceptarán como válidos a efectos de colegiación certificados sin validez legal como pueden ser certificados de pago de tasas, certificados académicos o certificados sustitutivos sin número de registro y/o firmados por autoridad no competente.

Cuando los profesionales de Enfermería desarrollen su actividad profesional principal por tiempo de dedicación en Palencia, deberán incorporarse al Colegio Profesional de Diplomados en Enfermería de Palencia.

REQUISITOS PARA TÍTULOS OBTENIDOS EN OTROS PAÍSES:

Documentos necesarios que se deben presentar en la oficina colegial:

      • Original y fotocopia de la Tarjeta de residencia vigente y pasaporte. (En los países en los que los apellidos varían al contraer matrimonio y no coinciden con los del título, deberán presentar certificado de matrimonio. –Esto último no lo pedimos-
      • Original y fotocopia de la Credencial del Ministerio de Educación Español y/o reconocimiento original del Ministerio de Sanidad que acredite la Homologación del Título original obtenido por el solicitante en el país de origen.
      • Original y fotocopia de la certificación académica de estudios.
      • Si es especialista, título original y fotocopia de la Especialidad.
      • Una fotografía tamaño carnet.
      • Impreso de Solicitud de colegiación (se entrega en el colegio para rellenar).
      • Datos de la entidad bancaria para domiciliación de las cuotas colegiales trimestrales.

IMPORTANTE

De acuerdo con las instrucciones establecidas por la Subdirección General de Títulos y de Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Colegio Profesional de Enfermería de Palencia  únicamente admitirá como documentos válidos para la colegiación profesional a efectos de acreditar la titulación, o bien el propio Título Oficial o bien la Certificación supletoria provisional que goza de idéntico valor jurídico que aquél y que deberá incorporar el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales y será firmada por el Rector (art. 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de Agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales).

No se aceptarán como válidos a efectos de colegiación certificados sin validez legal como pueden ser certificados de pago de tasas, certificados académicos o certificados sustitutivos sin número de registro y/o firmados por autoridad no competente.

La colegiación no es automática, a la entrega de la documentación exigida, ya que la solicitud debe ser examinada y aprobada por la Junta de Gobierno.

Cuando los profesionales de Enfermería desarrollen su actividad profesional principal por tiempo de dedicación en Palencia, deberán incorporarse al Colegio Profesional de Diplomados en Enfermería de Palencia.

CARNET DE COLEGIADO

Los colegios de enfermería de Castilla y León emiten un Carnet de Colegiado. La emisión del mismo se produce con la primera colegiación.

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