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RESOLUCIÓN sobre Homologación de los Grados I, II, III y IV de la Carrera Profesional

El BOCyL Nº 168 del lunes 17 de agosto de 2020, publica la RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2020, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, sobre homologación de los Grados I, II, III y IV de la Carrera Profesional del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León (Listados de homologaciones concedidas, denegadas y desistidas).

 Resolución

Primero.- Homologar los Grados I, II, III y IV de la Carrera Profesional, con los efectos que se establecen en el Decreto 43/2009, de 2 de julio, por el que se regula la carrera profesional del personal estatutario de los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León, a aquellos profesionales que se relacionan en el Anexo I de esta resolución.

Los efectos económicos del complemento de carrera, en la modalidad correspondiente, que pueden derivarse de este reconocimiento, se retrotraerán, en su caso, a la fecha en que cada profesional, incluido en dicho Anexo I, haya presentado su solicitud de homologación de grado en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.-  Denegar la homologación de los Grados I, II, III y IV de la Carrera Profesional en la modalidad desde la que se solicitó a aquellos profesionales relacionados en el Anexo II de esta resolución, por alguna de las causas que se atribuyen con carácter individual a cada interesado.

Tercero.- Declarar desistidos del procedimiento de homologación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los relacionados en el Anexo III.

Recurso: Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer aquellos otros recursos que considere oportunos.

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